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Pequeña Salidita Con Mi Chaval Pequeño
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Mensaje Re: Pequeña Salidita Con Mi Chaval Pequeño 
 
A mi tambien me gustaba "arriesgarme" a llevar a mi hijo a dar una vuelta, en ocasiones hemos hecho un ca la iaia (para los autoctonos ya saben donde es), a riesgos de encontrarnos con algun mozo de escuadra..... ahora ya no tengo este problema pues ya ha cumplido los "12 años" y no pueden pillarme con una buena sancion y algunos puntos menos como minimo.....

Espero que sigais disfrutando.
  



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Mensaje Re: Pequeña Salidita Con Mi Chaval Pequeño 
 
Pues yo llevo a mi hijo en la moto desde los siete años; ahora tiene 11, haciendo caso a la Ley de Seguridad Vial que en referencia a este tema dice:

 "Queda prohibido circular con menores de 12 años como pasajeros de ciclomotores y motocicletas , con o sin sidecar por cualquier clase de vía. Excepcionalmente se permite esta circulación a partir de los 7 años, siempre y cuando los conductores sean los padres, madres o tutores, o persona mayor de edad autorizada por ellos, utilicen casco homologado, lleguen con los pies a los estribos y se cumplan las condiciones de seguridad específicas."

Jamás me han parado por ese motivo y he pasado cientos de veces por delante de agentes municipales y Guarcia Civil de tráfico cuando llevaba a mi hijo de paquete.

Saludos
  




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Mensaje Re: Pequeña Salidita Con Mi Chaval Pequeño 
 
Amplío la información:

ARTÍCULO 12. Normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas

1. Los ciclos que, por construcción, no puedan ser ocupados por más de una persona podrán transportar, no obstante, cuando el conductor sea mayor de edad, un menor de hasta siete años en asiento adicional que habrá de ser homologado.

2. En los ciclomotores y en las motocicletas, además del conductor y, en su caso, del ocupante del sidecar de éstas, puede viajar, siempre que así conste en su licencia o permiso de circulación, un pasajero con tal de que sea mayor de 12 años, utilice casco de protección y se cumplan las siguientes condiciones:

2.1. Que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.

2.2. Que utilice el asiento correspondiente detrás del conductor.

2.3. En ningún caso podrá situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manillar de dirección del ciclomotor o motocicleta.

3. Excepcionalmente los mayores de siete años podrán circular en motocicletas o ciclomotores conducidos por su padre, madre o tutor o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre que utilicen casco homologado y se cumplan las prescripciones del apartado anterior de este artículo (artículo 11.4, del texto articulado).


Saludos
  




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Mensaje Re: Pequeña Salidita Con Mi Chaval Pequeño 
 
SIMULATION Escribió: [Ver Mensaje]
Amplío la información:

ARTÍCULO 12. Normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas

1. Los ciclos que, por construcción, no puedan ser ocupados por más de una persona podrán transportar, no obstante, cuando el conductor sea mayor de edad, un menor de hasta siete años en asiento adicional que habrá de ser homologado.

2. En los ciclomotores y en las motocicletas, además del conductor y, en su caso, del ocupante del sidecar de éstas, puede viajar, siempre que así conste en su licencia o permiso de circulación, un pasajero con tal de que sea mayor de 12 años, utilice casco de protección y se cumplan las siguientes condiciones:

2.1. Que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.

2.2. Que utilice el asiento correspondiente detrás del conductor.

2.3. En ningún caso podrá situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manillar de dirección del ciclomotor o motocicleta.

3. Excepcionalmente los mayores de siete años podrán circular en motocicletas o ciclomotores conducidos por su padre, madre o tutor o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre que utilicen casco homologado y se cumplan las prescripciones del apartado anterior de este artículo (artículo 11.4, del texto articulado).


Saludos



gracias por la info
un saludo
  




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Mensaje Re: Pequeña Salidita Con Mi Chaval Pequeño 
 
Creo que este verano ya se había hablado de este tema en un post, y hubo cierta "discusión" sobre las edades, aunque la ley lo deja claro. Si es tu hijo lo puedes llevar a partir de los 7 años siempre y cuando llegue a los estribos y cumpla las normas de seguridad.
Saludos y sentidiño.
  




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Mecatecno Chic, Suzuki Lido Vario 75cc, Piaggio X9 250, Xc 500 ABS Blanca, Yamaha MT09 Tracer.
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Mensaje Re: Pequeña Salidita Con Mi Chaval Pequeño 
 
richi Escribió: [Ver Mensaje]
SIMULATION Escribió: [Ver Mensaje]
Amplío la información:

ARTÍCULO 12. Normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas

1. Los ciclos que, por construcción, no puedan ser ocupados por más de una persona podrán transportar, no obstante, cuando el conductor sea mayor de edad, un menor de hasta siete años en asiento adicional que habrá de ser homologado.

2. En los ciclomotores y en las motocicletas, además del conductor y, en su caso, del ocupante del sidecar de éstas, puede viajar, siempre que así conste en su licencia o permiso de circulación, un pasajero con tal de que sea mayor de 12 años, utilice casco de protección y se cumplan las siguientes condiciones:

2.1. Que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.

2.2. Que utilice el asiento correspondiente detrás del conductor.

2.3. En ningún caso podrá situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manillar de dirección del ciclomotor o motocicleta.

3. Excepcionalmente los mayores de siete años podrán circular en motocicletas o ciclomotores conducidos por su padre, madre o tutor o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre que utilicen casco homologado y se cumplan las prescripciones del apartado anterior de este artículo (artículo 11.4, del texto articulado).


Saludos



gracias por la info
un saludo


Juanma, no encuentro en que Articulo de la Ley dice si esta vecina mia puede montar en mi Xciting, ¿me lo podrías aclarar?
  



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Mensaje Re: Pequeña Salidita Con Mi Chaval Pequeño 
 
Yo creo que ya tiene edad suficiente para ir de paquete en la moto,  lo que no aclara la Ley es cuanto peso máximo puede llevar la moto....ja,ja,ja,.


Saludos
  




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Mensaje Re: Pequeña Salidita Con Mi Chaval Pequeño 
 
A ver, en muchas ocasiones, las leyes estan mal interpretadas, y no estoy juzgando a quien lleve a su hijo sin tener los doce años, pues yo mismo lo he hecho, hasta aqui todos de acuerdo, pero .... quien va a dejar que su hijo menor de 12 años, con 7, 8 o 9 se monte en cualquier moto.... al menos yo no lo dejo, y menos que se vaya de excursion en carretera abierta.
En su dia se hizo la ley en que los menore de 12 años no podian subirse en moto, y en Barcelona principalmente y en otras grandes ciudades hubo muchas quejas pues mucha gente llevaba a sus hijos al colegio en moto, de ahi la salvedad de que de los 7 a los 12 pudieran ir con el padre o tutor para ir en trayectos puntuales como de casa al colegio, medico....
Punto final   Wink

http://issuu.com/levante4x4/docs/nu..._tr_fico.dgt./1

Todo y que ultimamente ya no los quitan   http://issuu.com/observalia/docs/revista
  



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